lunes, 15 de enero de 2018

Pérdida de la prestación por incapacidad temporal por no acudir al reconocimiento médico de la mutua



Las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social tienen la facultad de requerir a los beneficiarios de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes incluidos en su ámbito de gestión sean reconocidos por sus propios doctores.

Leer mas en la fuente: vidalgalindo.com

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