lunes, 3 de abril de 2017

APUNTE LABORAL: Legislación básica | 13#PERMISO POR PARTO, A LOS FAMILIARES DE 2º GRADO






Cuando una mujer da a luz, en el hospital, es un ingreso hospitalario, y los familiares de de hasta segundo grado, tienen el permiso que establece el artículo 37.3.b) por “hospitalización”


A pesar de que hace mucho tiempo esto está despejado en tribunales, aun hay empresas que no 
conceden este permiso a los trabajadores 

El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37. 3 b) establece que:

El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a 
remuneración,
 por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
• b) Dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves,
 hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de 
parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando con tal motivo el 
trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.

Un convenio colectivo puede mejorar el número de días

Es decir, atendiendo a este redactado, se tiene permiso los familiares cuando “HOSPITALIZAN” 
a la madre y ella es familiar de segundo grado del trabajador que puede tomarse el permiso

Muchos empresarios, jefes de RRHH, etc, tratan de colarnos que el permiso es solo para el
 padre, sin embargo los tribunales ya han dejado claro que como existe hospitalización, es 
además de un alumbramiento, una situación de “HOSPITALZACION”, por lo tanto, tienen
 también permiso los familiares de hasta segundo grado.

Basta pues con la hospitalización para que se genere el derecho al permiso, sin que sea
precisoque sufra una enfermedad más o menos grave. Esto lo resolvió claramente la
sentencia del Tribunal Supremo de 23.04.09 y la sentencia de la Audiencia Nacional 
de 26.03.10.

UN ULTIMO APUNTE, cuando ingresan u hospitalizan a un familiar, nunca se debe decir 
el motivo de la hospitalización o del ingreso. Como justificación a la empresa solo le 
interesa el documento que certifica que ha existido un ingreso o una hospitalización,
 pero nadie (la empresa) puede preguntar el motivo, y tampoco una persona puede decirlo,
 porque ello es entrar en la intimidad sanitaria de una persona, y ello no debe hacerse 
debido a la ley de protección de datos.
Fuente

Ver grados de parentesco...


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