Las horas de trabajo se pueden calificar como ordinarias, extraordinarias o complementarias. Las ordinarias son las que se realizan dentro de la jornada recogida en el contrato de trabajo, y las extraordinarias aquellas que se realizan por encima de la jornada ordinaria pactada en contrato. También existen las llamadas horas complementarias, que son aquellas que pueden existir con un contrato a tiempo parcial, no excediendo de la jornada máxima legal.
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