viernes, 11 de agosto de 2017

Despedir a quien cambia de turno para cuidar a un familiar será nulo

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El Tribunal Supremo establece que se debe calificar como nulo el despido de un empleado que cambia el turno para cuidar a un familiar. En este sentido, extiende la protección a los trabajadores que utilicen esa vía, aunque no se encuentren en una situación de reducción de jornada, tal y como está contemplado en el Estatuto de los Trabajadores.
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http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/8545420/08/17/Despedir-a-quien-cambia-de-turno-para-cuidar-a-un-familiar-sera-nulo.html

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