miércoles, 12 de abril de 2017

APUNTE LABORAL: Plazo para entregar a la empresa el Parte de Baja y el Parte de Alta cuando estamos de baja medica

No hay texto alternativo automático disponible.

En el mes de julio de 2014, cambio la normativa legal en tema de los plazos para los partes de baja y alta medica
Algunas empresas, con ese ánimo que tienen de complicar muchas veces los derechos a sus trabajadores, dicen que se les tiene que entregar a la empresa los partes de baja, en el plazo de 24 desde que te dan la baja.
PUES BIEN, ESTO NO ES ASÍ.
El Real Decreto 625/2014, de 18/07, que es el regulan los procesos de la baja y alta médica, establece otra cosa en su artículo 7, establece lo siguiente:
¿En qué plazo se debe entregar los partes de baja médica, así como los sucesivos partes de confirmación de la baja?
• El trabajador debe entregar el parte de baja a la empresa, en el PLAZO DE TRES DÍAS contados a partir del mismo día de la baja y después, en los siguientes partes de confirmación los debe entregar también en el PLAZO DE TRES DÍAS.
¿Y los partes de Alta cuando te dan el alta médica?
• En cuanto al parte de alta, el trabajador debe entregarlo, en el plazo de las 24 horas siguientes a que den el alta al trabajador. Importante decir que es, a las 24 horas siguientes. No al día siguiente, sino a las 24 horas siguientes.
Así pues, contrariamente a lo que dicen algunas empresa, el trabajador no está obligado a entregar el parte de BAJA MEDICA a las 24 horas, si no, en el plazo de 3 DIAS.
Son los partes de ALTA MEDICA los que debe entregar a las 24 horas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.