miércoles, 22 de marzo de 2017

Contrato temporal eventual por circunstancias de la producción

CONTRATO EVENTUAL

El contrato temporal eventual por circunstancias de la producción se encuentra regulado en el artículo 15.1, en el apartado b) del ET y en el artículo 3 del Real Decreto 2720/1998, de 18 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada.
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